lunes, 23 de septiembre de 2019

DE NUEVO BARRA LIBRE PARA LAS CHAPUZAS DE EMERGENCIA EN CAUCES

Me producen estupor un par de guindas colocadas en el Real Decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas.

No me producen estupor porque me extrañen, son más de lo mismo, sino porque me harta que ya a finales de 2019 sigamos sin aprender. Una vez más cuando sucede un evento natural extremo sale a flote toda la imbecilidad humana.

El decreto está muy bien en muchos aspectos (reparaciones diversas, indemnizaciones, seguros, etc.), pero tiene este par de coletillas que son las que un año más permiten destrozar cauces impunemente, una destrucción avalada y justificada por el propio gobierno. Este es el artículo 12:


Lo subrayado otorga patente de corso para destruir cauces, con ese mantra sin sustento científico alguno de la disminución de la capacidad de desagüe, ese esfuerzo de la ingeniería rancia y obsoleta por permanecer en su ineficacia abocando a los cauces a graves daños y una incisión imparable cuyas consecuencias sus ejecutores ni imaginan. Y la eterna demonización de la erosión, y la justificación de unas defensas que agravarán sin duda las situaciones de riesgo. En fin, el desastre de siempre. Y, por supuesto:


Las chapuzas quedan exentas de evaluación de impacto ambiental. Es curioso que el propio gobierno le llame a este procedimiento "trámite".

¿A esto llaman transición ecológica?

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