viernes, 9 de noviembre de 2012


NOTA DE PRENSA DEL CENTRO IBÉRICO DE RESTAURACIÓN FLUVIAL (CIREF) SOLICITANDO LA PARALIZACIÓN DE LAS OBRAS INICIADAS POR LA C.H.E. EN EL CAUCE DEL RÍO ARAGÓN EN CASTIELLO DE JACA Y DEMANDANDO SOLUCIONES DE ORDENACIÓN RESPALDADAS POR LA LEGISLACIÓN VIGENTE

 

En relación a las labores iniciadas por la Confederación Hidrográfica del Ebro el 25 de octubre de 2012 para “recuperar” el cauce principal del río Aragón en Castiello de Jaca tras la crecida, el Centro Ibérico de Restauración Fluvial manifiesta:

-Que las actuaciones planteadas e iniciadas (el cierre artificial de un cauce del río y la apertura de otro, protección de márgenes y retirada de sedimentos del cauce), al margen de su dudosa efectividad, suponen el destrozo irreparable del cauce natural del río Aragón y de sus ecosistemas asociados. Pretenden “invalidar definitivamente” un desvío natural de un río que simplemente ha demostrado cuál es su cauce. Son actuaciones radicalmente contrarias a los principios de las directivas europeas del Agua (2000) y de Gestión de los Riesgos de Inundación (2007), incumpliendo también el Real Decreto 903/2010 de Evaluación y Gestión de Riesgos de Inundación.

-Que dichas actuaciones se han acogido al protocolo de “obras de emergencia” para no pasar ningún tipo de control ni evaluación ambiental.

-Que, por mucho que se actúe con las obras iniciadas, cuando acontezca otra crecida extraordinaria el río volverá a tomar el camino más directo, que es el del cauce situado bajo la urbanización, que seguirá estando gravemente expuesta.

-Que actuar contra el río con defensas no va a solucionar, por tanto, el problema de la seguridad de las personas y bienes, por lo que habría que proceder a ordenar la zona inundable y reducir en ella la exposición humana, como exigen las citadas directivas europeas. Que la urbanización “El Molino” está ubicada dentro del río, en Dominio Público Hidráulico, y por tanto debería ser inhabilitada y expropiada, y no habría que invertir ningún dinero público en su defensa. El Real Decreto 203/2010 recomienda retirar construcciones o instalaciones que supongan grave riesgo, para lo cual su expropiación tendrá la consideración de utilidad pública. El texto refundido de la Ley del Suelo (RDL 2/2008) señala en su artículo 12 que los terrenos con riesgo de inundación deben ser preservados de su transformación urbana y declarados suelo rural.

-Que como ciudadanos no podemos admitir que el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través de la Confederación Hidrográfica del Ebro, en lugar de velar por la seguridad de las personas, trabajar por la calidad ambiental, gestionar con responsabilidad las zonas de riesgo y hacer cumplir los principios de la Directiva Marco del Agua y de la Directiva de Gestión de los Riesgos de Inundación, esté vulnerando muy gravemente los principios fundamentales de dichas directivas, manteniendo una situación de riesgo. Con esa vulneración, que puede ser objeto de sanción desde la Unión Europea, se engaña a la ciudadanía y se da un mal ejemplo de actuación.

Por todo ello, solicitamos la paralización de las obras y la búsqueda de soluciones de ordenación territorial que sí son seguras, cumplen la ley y pueden ser evaluadas ambientalmente.

 

En Zaragoza, a 26 de octubre de 2012.

 
El Centro Ibérico de Restauración Fluvial (CIREF) es un organismo sin ánimo de lucro vinculado al European Centre for River Restoration, dedicado al estudio y la defensa de los ecosistemas fluviales y a la adecuada conservación, gestión y restauración de nuestros ríos.

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